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| Fernando Labrada Rubio

¿Por qué P35?

Cinevator

1) Porque los soportes digitales depositados en las filmotecas, no garantizan su reproducción en el largo plazo, debido a la constante evolución de los formatos digitales.

2) Porque la rápida obsolescencia de los equipos y programas informáticos que le dan vida, hacen que el patrimonio digital del mundo corre el peligro de perderse para la posteridad.

3) Porque la migración a nuevos formatos digitales, pudiendo ser solución a corto plazo, no ofrece garantías y se convierte en un procedimiento poco fiable, corriendo el riesgo de pérdida de metadatos

4) Porque los propietarios de derechos de largometrajes y series de TV, tienen dificultades para la adaptación de los soportes digitales originales a los nuevos formatos digitales imperantes, cuya evolución es constante.

5) Porque la gran mayoría de los archivos cinematográficos originales existentes en la actualidad, se encuentran en celuloide, material degradable con el tiempo ya que se trata de un plástico orgánico y por tanto contiene bacterias que lo acompañan a lo largo de su vida. La enfermedad se define como “síndrome del vinagre”. El imparable deterioro químico, provoca que haya muchos archivos en peligro de desaparición alrededor del mundo.

6) Porque las Filmotecas de todo el mundo tienen una cantidad ingente de envases conteniendo documentos audiovisuales en toda clase de soportes que es necesario restaurar, en su caso, y transferir a soportes fotográficos positivos..

7) Porque los documentos impresos depositados en Bibliotecas y otras Instituciones deben ser preservados mas allá de su necesaria digitalización, para garantizar su preservación en el largo plazo.

8) Porque el soporte fotográfico en poliéster interpositivo, que se basa en un plástico sintético, es el único que garantiza la conservación en perfectas condiciones técnicas y el que está llamado a ejercer el papel de “soporte master” de todos los soportes.

9) Porque la Digitalización de cualquier soporte es una condición necesaria en el siglo XXI para el acceso, utilización y divulgación de contenidos, pero NO es una condición suficiente, en términos de preservación.

10) Porque P35 ha identificado un nuevo nicho de actividad que permitirá revalorizar los activos de las instituciones y de las compañías productoras de contenidos tanto audiovisuales como impresos.

 

Mayo 2020